¿Compensa el aumento de la inversión corporativa la reducción de los ingresos fiscales?

Por Jean Carlo Espitia

El país en la última década realizó 7 reformas tributarias, la última fue la Ley de Crecimiento que pretendía promover la dinámica económica del país a través de los beneficios fiscales otorgados a las empresas, aumentando la inversión privada y la formación bruta de capital fijo. Sin embargo, es necesario preguntarse qué tan efectivo resulta este mecanismo teniendo en cuenta sus implicaciones sobre el recaudo fiscal.

Un sistema tributario efectivo debe procurar ser eficiente y progresivo, es decir, que no afecte negativamente el crecimiento del país y que al mismo tiempo cumpla con la tarea de progresividad, lo que resulta en un escenario más equitativo y justo. En otras palabras, que cada individuo pague impuestos según su capacidad económica, agentes con niveles de ingresos semejantes pagan impuestos similares y si existen beneficios deben de ser los mismos para ambos. Además lo anterior se complementa con el manejo honesto y responsable de los recursos que, en una fracción importante deben ser destinados a la provisión de derechos económicos y sociales.

En ese contexto, el crecimiento y desarrollo económico de un país están fuertemente relacionados con el manejo de las finanzas públicas, que en síntesis es la combinación entre cómo y de quiénes percibe ingresos el Estado, y en qué los gasta.

En este sentido, el tamaño y la asignación del gasto resultan determinantes para el desempeño económico del país, teniendo en cuenta que es el Gobierno el encargado de hacer una repartición eficiente de los recursos leyendo de manera atenta los ciclos económicos.  Además, es necesario también revisar la composición actual del gasto. Es decir, cuánto destina el Gobierno a funcionamiento, gasto social e inversión pública, y si esta distribución es coherente con la tipología de Estado que promulga el país.

En cuanto a la Ley de Crecimiento debatida y aprobada en diciembre de 2019. Tiene como pilar fundamental reducir la carga tributaria de las empresas y modificar la estructura de los impuestos que pagan las personas naturales. Con respecto de los impuestos a las personas naturales, se modifica la base gravable del impuesto de renta y sobre los dividendos, ambos aumentan el rango de ingresos que pueden ser gravados, el primero junto con el aumento de la tarifa hasta llegar a 39% para el rango más alto, y el segundo pone una tarifa única de 15%. El impuesto al patrimonio no tiene ninguna modificación con respecto de la Ley de Financiamiento de 2018, lo que resulta en una tarifa de 1% para patrimonios superiores a 5.000 millones de pesos, considerando que es un impuesto suplementario, y la labor más grande de redistribución del ingreso queda en manos del impuesto de renta.

Ahora, ¿Cuáles son los incentivos fiscales que hacen a las empresas?,

  1. Reducción progresiva del impuesto sobre la renta de 33% a 30% para 2022, afirmando que la tasa de tributación de las empresas es elevada con respecto a los países miembros de la OCDE, donde la mayor parte del recaudo proviene de personas naturales.
  2. Descontar del impuesto de renta la totalidad del ICA para 2022. El Gobierno considera que es un impuesto costoso e ineficiente por la amplitud de bases gravables y tarifas.
  3. Descontar el 100% del IVA por la compra de bienes de capital, concluyendo que es un costo adicional para las empresas que, según investigaciones reduce la formación, construcción y adquisición de activos fijos productivos.
  4. Eliminar la renta presuntiva para 2021, con el fin de promover los nuevos emprendimientos y evitar la quiebra temprana de los mismos.
  5. Crear un régimen para las compañías holding en Colombia, de manera que, los dividendos distribuidos por compañías extranjeras a compañías holding colombianas queden exentos del impuesto sobre la renta. Igualmente los dividendos de compañías colombianas enviados al exterior.
  6. Incentivar la inversión en los territorios que se han visto más afectados por el conflicto armado, cambiando obras por impuestos, mientras las inversiones no superen el 30% del patrimonio contable del inversionista.
  7. Para las empresas que hagan inversiones superiores a 30.000.000 UVT; y generen más de 250 empleos modificar la tarifa del impuesto de renta al 27% y declarar exentas del impuesto de patrimonio.

El conjunto de medidas anteriores según la Ley de Crecimiento debe promover un mayor crecimiento económico y por ende aumentar el recaudo tributario en el mediano plazo. Con respecto del crecimiento económico hay que nombrar el MFMP 2020, que proyecta un crecimiento de la economía de 6,6, 5,5, 5 y 4,6 en los próximos cuatro años, para alcanzar una senda de crecimiento sostenido de entre 3% y 3,5%. Es decir, la confianza del Gobierno en las medidas adoptadas en la Ley de Crecimiento es bastante y pone su fe en la respuesta que tenga la inversión. En este punto es importante revisar el comportamiento de la FBKF como referente de la inversión pública y privada.

El promedio de FBKF durante la década fue de 22,15%, con una mediana de 22,20%. Asimismo, en el gráfico anterior se puede observar que el periodo de mayor auge de formación bruta de capital fijo fue entre 2014 y 2015 con un promedio de 23,39%, periodo que corresponde al mandato presidencial de Santos. Pero entonces sí, las medidas adoptadas con el actual Gobierno en las dos últimas reformas tributarias tuvieron como fin principal promover la formación bruta de capital, y teniendo en cuenta que la inversión privada pesa más que la inversión pública, por qué esto no se vio reflejado en el año 2019 en el que rigió la Ley de Financiamiento. Es decir, se observa un decrecimiento hasta comenzar el año actual.

Teniendo en cuenta las observaciones anteriores, es posible que el efecto de la reducción de impuestos no sea el esperado. El MFMP 2020 habla de una reducción del costo de uso del capital de 10,4pp en 2020 a 9,7pp en 2022. Asumiendo que esto resultará en una inversión adicional de 29,2 billones de pesos por año desde 2024 en adelante.

En un estudio econométrico realizado por Molina (2016) que incluye como variables explicativas de la inversión corporativa, el costo de uso del capital, una variable referente a la confianza en las instituciones y la TRM. Encontró que, el efecto parcial del costo de uso del capital sobre la inversión no es tan relevante como la calidad institucional, el monto de la inversión un año antes y la TRM.

Por consiguiente, la pregunta es: ¿Compensa el aumento de la inversión corporativa la reducción de los ingresos fiscales?

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