Capítulo XII: De la Secretaría General
ArtÃculo 18º.- La SecretarÃa General estará a cargo de un(a) Secretaria(o) General, designada(o) por el (la) Rector(a). Será de libre nombramiento y remoción.
ArtÃculo 19º.- Son funciones de la SecretarÃa General las siguientes:
- Ejercer la secretarÃa del Consejo Directivo.
- Registrar y divulgar las decisiones del (la) Rector(a) y del Consejo Directivo.
- Mantener actualizada la información institucional referente a Estatutos y reglamentos, Estados Financieros y documentos tributarios, resoluciones de registros calificados y acreditación, derechos pecuniarios y demás documentos de interés general, asà como asegurar su acceso, sin perjuicio de aquella información que tenga carácter reservado.
- Administrar los procesos de consulta y las elecciones de acuerdo con los Estatutos y los respectivos reglamentos.
- Velar por la ejecución de las decisiones de la RectorÃa y del Consejo Directivo, coordinando su cumplimiento con las unidades académicas y administrativas.
- Las demás funciones que le asignen el Rector y el Consejo Directivo.