Cláusulas de confidencialidad en la adquisición de vacunas contra Covid-19

Como parte de un ejercicio académico de gran importancia para la coyuntural actual, los Departamentos de Derecho de los Negocios y Derecho Administrativo del Externado, realizaron un evento en el que expusieron, de la mano de dos docentes expertos, el panorama de los contratos en la adquisición de vacunas y las cláusulas de confidencialidad en los mismos.

Los docentes a cargo de la charla fueron Andrés Cárdenas, director de línea de investigación en Contratación y controversias internacionales del Departamento de Derecho de los Negocios y Juan Carlos Expósito, doctor en Derecho Administrativo y docente del Departamento de Derecho Administrativo de nuestra Casa de Estudios.

Los contratos de compras de vacunas contra Covid-19 han sido polémicos en el mundo por el carácter de confidencialidad que les han dado los gobiernos compradores y las farmacéuticas vendedoras. Colombia no ha sido ajena a esta situación: el Gobierno Nacional siguió la misma tendencia de algunos gobiernos en el mundo y no ha dado a conocer los precios de compra de las vacunas. Se ha especulado que Colombia compró las vacunas a un precio mucho más alto frente al que pagaron países de Europa y otros continentes. Y esto ha generado reclamos en cuanto a la transparencia.

Sin embargo, a pesar del interés de algunos sectores por conocer cómo y en qué condiciones se han adquirido las vacunas para nuestro país, el profesor Juan Carlos Expósito explicó que los contratos de vacunas son especiales porque, aunque se trata de un contrato estatal, por disposición del Decreto Ley 444 de 2020 no se rige por el Estatuto de la contratación estatal sino por el derecho privado. Desde este punto de vista, la confidencialidad es perfectamente procedente, dijo el experto. Adicionalmente, subrayó que no es el único caso en que un contrato estatal es confidencial y como tal, no es admisible desde un punto de vista del derecho público la polémica que se ha querido generar alrededor de este tema.

Por su parte, el profesor Andrés Cárdenas señaló que, aunque los textos de los contratos celebrados por Colombia no se conocen, se puede inferir que varias de sus cláusulas son parecidas a las que la Comisión de la Unión Europea celebró con los laboratorios CurveVac y Astrazeneca, publicados en su página web. Desde esta perspectiva, “no hay sustento para la indignación que algunos sectores en Colombia han expresado por la confidencialidad, ya que Colombia ni donó ni prestó dinero para el desarrollo de las vacunas; tampoco cuenta con la capacidad científica para desarrollar vacunas y como tal, lamentablemente, el único rol que juega es el de ser un comprador de las vacunas; desde ese punto de vista, la confidencialidad ha servido para que Colombia pueda comprar las vacunas”.

Para el profesor Cárdenas, “la confidencialidad sobre los precios debe levantarse a nivel global, una vez todos los países hayan podido asegurar las dosis necesarias para inmunizar a su población, y con base en ello plantear una solución global para que no vuelvan a ocurrir situaciones de acaparamiento y generación intencionada de escasez en la que las farmacéuticas sometan a los estados y cobren precios más altos a los menos desarrollados”.

A manera de conclusión, el doctor Cárdenas reflexionó: “la confidencialidad y los altos precios que, seguramente, pagó Colombia, representan el costo que tuvimos que pagar por nuestro subdesarrollo científico e insuficiencia financiera”.

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