“Lo que dice un comerciante en su publicidad obliga a ser cumplido frente al consumidor”: Carlos Caicedo

La información en cuanto a precios a los consumidores debe ser manejada con mucho cuidado, porque no hay opción distinta a cumplirla. Esa fue una de las conclusiones del conversatorio “Nueva tendencia jurisprudencial en torno a la oferta e información de precios a los consumidores”.

Durante el desarrollo de este evento, Carlos Germán Caycedo, docente del Departamento de Derecho Económico, señaló que la información que se brinda por parte de los ofertantes de cualquier producto o servicio por medio de la publicidad se convierte en una “obligación” de estricto cumplimiento ante los consumidores o usuarios de dicha oferta.

Sin embargo, durante el evento se analizó la una nueva jurisprudencia de de la Superintendencia de Industria y Comercio que considera el caso de los “errores evidentes” en la información de precios al consumidor.

Para Alejandro Giraldo López – director ejecutivo del Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC), pese a que la publicidad sí es vinculante en cuanto a cumplimiento por parte de quien la utiliza para ofertar bienes o servicios, el consumidor debe partir de tres principios frente a dichos “errores evidentes”.

• Actuar de buena fe frente a los errores en la publicidad que sean evidentes.
• No sacar provecho de un error evidente en la publicidad.
• Mantener un mínimo de responsabilidad social.

Según los expertos que participaron en el encuentro académico, pese a que la protección del derecho al consumidor debe cumplirse y ceñirse estrictamente a la ley, hay casos en los cuales se debe analizar la actuación de quienes se «aprovechan de mala fe», de este tipo de errores y, en ese caso, proteger al empresariado frente a esta posibilidad.

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