Cuidar el medio ambiente es tarea y responsabilidad de todos

Con un panel de discusión denominado: ‘el territorio y la naturaleza como víctima’, donde participaron todas las autoridades involucradas en la protección, legislación, sanción y prevención, sobre el cuidado del medio ambiente y los territorios en nuestro país, culminaron las ‘XXIV Jornadas Internacionales en Derecho del Medio Ambiente’ del Externado.

María del Pilar García, directora del Departamento de Derecho del Medio Ambiente de nuestra Universidad, concluyó que en el país hace falta lograr el ‘Estado de Derecho Ambiental’ en el país,

“Esto no se nos puede quedar en retórica y en buenas intenciones y manifestaciones; tenemos que transformar el derecho ambiental hacia un escenario más completo que brinde no solo la protección de la naturaleza, sino, una debida sanción a quienes la perjudiquen y una reparación integral para los afectados”, señaló.

y agregó: «Se habla del derecho de la naturaleza, pero no se nos puede olvidar tampoco que Colombia reconoció el derecho al ambiente sano y adecuado para sus habitantes, y esas bases constitucionales que nos ha permitido avanzar hasta lo que hoy tenemos, deben seguir llenándose de contenido», concluyó.

Juan David Ubajoa Osso, docente de la Universidad Externado de Colombia, explicó en el panel ‘la insuficiencia de la sanción administrativa en el ámbito medioambiental como causa’ que en este momento el mismo el sistema sancionador no es lo más urgente, sino lo que más necesita el país es reformar el sistema nacional ambiental y fortalecer la institucionalidad ambiental.

“La sanción nunca va a ser suficiente, el enfoque preventivo se tiene que nutrir de otras figuras. Hay que centrarnos en técnicas jurídicas que buscan fomentar comportamientos para que se realicen actividades, porque el derecho del medio ambiente ha de ser flexible y adaptable”, dijo Ubajoa.

El experto trajo a colación la Ley 1964 de 2019 la cual busca mediante la promoción del uso de vehículos eléctricos para establecer una cultura de movilidad sostenible en el país y aportar a la reducción de emisiones de contaminantes y de gases de efecto invernadero.

“El mundo va hacia la movilidad eléctrica y esta ley contiene varios beneficios que incentivan al ciudadano a que se mueva de la movilidad tradicional a la eléctrica. Además, esto ha hecho que año tras año la compra de estos vehículos haya aumentado. Estos son Incentivos más tangibles”, aseguró el docente.

Por su parte, el profesor Jorge Iván Hurtado Mora, abrió el debate frente a si la multa es el tipo de sanción que cumple con los objetivos que sebe alcanzar el modelo de censura incorporado en la Ley 1333 de 2009 en la ponencia ‘Eficacia de la multa: el trabajo comunitario como método alternativo de sanción’.

“El punto central de la capacidad institucional para determinar cuando dadas las circunstancias se puede establecer como sanción el trabajo comunitario y cuando no lo puedo hacer porque hay conductas de conductas, y esto lo establece una verificación científica”, aseveró Hurtado.

Desde el 2020 hasta el 2022 fueron impuestas 3.463 sanciones, de acuerdo con el Registro Único de Infracciones Ambientales (RUIA), portal creado por la Ley 1333 para el control de la normatividad ambiental, en el cual se incluyen las sanciones de las autoridades ambientales por la comisión de infracciones ambientales consistentes en el incumplimiento de normas ambientales, de actos administrativos o la generación de un daño al ambiente.

Del total de las sanciones impuesta por la autoridad ambiental tan solo el 6% corresponde al trabajo comunitario, siento la imposición de la multa la sanción que con mayor frecuencia imponen las autoridades ambientales en Colombia.

“Estoy convencido que la educación es un instrumento que quizás puede neutralizar injerencias en el medio ambiente. Si tengo procesos de educación fuertes es mucho más profundo. Hay que empezar a desmonetizar la sanción porque no necesariamente frente al análisis de si yo imponiendo una multa, a largo plazo como administración pública ambiental, logro que no se produzcan infracciones al medio ambiente”, concluyó Hurtado.

Hernando Parra Nieto, rector de la Universidad insistió en que el derecho ambiental se ha nutrido desde hace muchos años de un amplio horizonte multidisciplinario, que le permite extenderse no solo a nivel normativo, sino también como parte fundamental del desarrollo económico sostenible, de las políticas públicas y del devenir cotidiano de la sociedad. 

“Resulta de especial relevancia el estudio del aspecto punible del Derecho del Medio Ambiente, toda vez que a través de este se busca sancionar las conductas más lesivas a los bienes jurídicos que se pretenden proteger en esta área del derecho, al tiempo que se erige como una importante herramienta para asegurar la prevención de futuras acciones, que también puedan generar un perjuicio a los ecosistemas”, insistió.

Y añadió: “la perdida de una especie animal o vegetal, la afectación de una zona protegida, o los impactos negativos ocasionados por la deforestación o contaminación de fuentes hídricas, requieren de un tipo especial de medidas indemnizatorias que deben ser tenidas en cuenta por los operadores jurídicos y las autoridades administrativas, con el propósito de resarcir en su totalidad los perjuicios provocados al medio ambiente”.

A su turno, Sandra Vilardy, viceministra de políticas y normalización ambiental; destacó que estas jornadas son un punto de quiebre, donde el derecho penal empieza a ser parte activa para la protección de nuestra naturaleza que es uno de los mayores patrimonios de los colombianos.

“El derecho ambiental tiene que continuar fortaleciendo el puente para lograr entender la dependencia de las personas al buen funcionamiento de la naturaleza. Necesitamos de manera importante en tiempos de cambio climático y de crisis de la biodiversidad, comprender el papel preventivo que tiene el derecho ambiental y que el derecho penal ambiental, pueda de manera eficiente cumplir las expectativas que se tienen en el territorio nacional sobre la protección del medio ambiente”, dijo.

María del Pilar García, directora del Departamento de Derecho del Medio Ambiente del Externado, sostuvo que estás jornadas son el producto del trabajo investigativo del departamento, que por más de un año estuvo analizando e investigando sobre este tema que cobra una vigencia especial en Colombia, debido a la entrada en vigencia de la Ley 2111 de 2021.

“Como resultado de más de un año de investigación apoyada por el Centro de Investigación en Filosofía y Derecho, y el Departamento de Derecho Penal de nuestra Casa de Estudios, al final de estas jornadas, haremos la presentación de un libro que contiene las conclusiones y hallazgos que se realizaron en cuanto a este tema, y algunas alternativas en cuanto a normatividad que permitan consolidar la protección del medio ambiente en el país”.

Este encuentro académico inició con la conferencia de Frank Hubert Saliger, docente universidad de Múnich – LMU, denominada: preguntas y problemas fundamentales del derecho penal medio ambiental.

Sobre el particular, el docente argumento que el derecho penal ambiental no está atacando el problema fundamental y existe una necesidad de mejorar el alcance de la protección del bien jurídico ambiental.

“El hecho de que el medio ambiente este en peligro implica un delito ambiental, no se requiere ningún daño directo a un ser humano para que exista penalización”, sostuvo.

Para el experto hay diferentes categorías que deben analizarse en cuanto a los delitos contra el medio ambiente, como el estado de la protección penal del medio ambiente, los problemas fundamentales del derecho penal medio ambiental, la necesidad y alcance de la protección de bienes jurídicos en el derecho penal medioambiental, la estructura del derecho penal medioambiental, la accesoriedad administrativa del derecho penal medioambiental y su incumplimiento en caso de abuso de derecho, la autoría y la participación, la responsabilidad penal de los funcionarios públicos, los problemas de causalidad e imputación, el problema de la efectividad y su solución.

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