El consumidor temerario, desde el punto de vista de un experto
Jorge Mario Olarte Collazos, Superintendente Delegado para Asuntos Jurisdiccionales, de la Superintendencia de Industria y Comercio, contextualizó a los asistentes sobre cómo se da la relación de consumo entre el consumidor y el proveedor, y los escenarios en los que los consumidores pueden incurrir en temeridad.
El área de Derecho de Consumo del Departamento de Derecho Económico invitó a estudiantes, egresados e interesados, a participar de la conferencia “El consumidor temerario en la ley 1480 de 2011”, a cargo de Olarte Collazos.
El conferencista analizó los derechos y deberes del consumidor y señaló que estos últimos giran sobre tres ejes: el deber que tiene el consumidor de estar informado de las caracterÃsticas del producto; el cumplimiento de las normas relacionadas con el reciclaje y la exigencia de actuar de buena fe frente a proveedores y autoridades, entendiéndose la buena fe como el antónimo del término “temerario”.
Para definir el concepto de consumidor temerario, el conferencista citó una sentencia de la Corte Suprema de Justicia y algunas disposiciones del Código General del Proceso, e indicó que a esa categorÃa pertenece quien vulnera el principio constitucional de la buena fe. En los ámbitos administrativo o judicial, los consumidores incurren en temeridad cuando se ejerce el derecho de contradicción a sabiendas de que se carece de razones para ello y cuando se asumen actitudes dilatorias con el fin de entorpecer el desarrollo ordenado y ágil de un proceso.
En Colombia, según el Estatuto del Consumidor, explicó el invitado, la multa para el consumidor temerario, que es de hasta 150 salarios mÃnimos mensuales legales vigentes, procede tanto para productores o proveedores como para el consumidor, según el tipo de conducta.
El evento finalizó con la participación de los asistentes, quienes le formularon al doctor Olarte unas series de inquietudes, las cuales fueron resueltas.
Jorge Mario Olarte Collazos es abogado egresado de la Universidad Externado de Colombia.