Preguntas Frecuentes – Registro Calificado
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Gestión de trámites técnicos y documentales para los procesos de registros calificados
Cuando la institución solicite la modificación en la denominación del programa académico y el título a otorgar, deberá anexar, soportado en el sistema interno de aseguramiento de la calidad y en uno o varios informes de autoevaluación:
El análisis de la correspondencia de la denominación del programa con el título a otorgar, el nivel formación, los contenidos curriculares del programa, los resultados de aprendizaje y el perfil del egresado.
Cuando se trate de una nueva denominación, no registrada o activa en SNIES, se debe presentar un análisis en el que se justifique la nueva denominación en coherencia con el nivel de desarrollo y la(s) modalidad(es), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución 21795 de 2020 y el artículo 2.5.3.2.3.2.2 del Decreto 1075 de 2015, modificado por el Decreto 1330 de 2019.
Acto interno expedido por la autoridad competente en el que se autoriza la modificación.
Régimen de transición, cuando aplique, a través del cual se garanticen los derechos de los estudiantes ante eventualidades académicas, tales como repitencia, suspensiones y reintegros, entre otros, en coherencia con lo que disponga el reglamento estudiantil.
Para programas académicos cuya titulación determine, por requisito legal, la exigencia de tarjeta o licencia profesional, presentar un análisis sobre la incidencia de la respectiva normatividad en el desempeño profesional del egresado conforme a la denominación y titulación propuesta para el programa.
La justificación de la denominación de un programa académico nuevo requiere las siguientes evidencias:
1. Análisis de la correspondencia de la denominación con el nivel de formación, título a otorgar, perfil del egresado y contenidos curriculares
2. Identificar y sustentar las disciplinas involucradas en la denominación
3. Exponer el modo en que el programa responde a la dinámica del conocimiento
4. Presentar los referentes académicos nacionales e internacionales
5. Estado de la oferta a nivel nacional e internacional
Se refiere a la creación y fortalecimiento de vínculos entre la institución y los diversos actores en pro de la armonización del programa con los contextos locales, regionales y globales; así como, al desarrollo de habilidades en estudiantes y profesores para interrelacionarse. Así mismo, el programa deberá establecer las condiciones que favorezcan la internacionalización del currículo y desarrollo una segunda lengua.
Consiste en la manera en la que se incorpora la dinámica del entorno local, regional, nacional o global en la organización curricular del programa y el modo en el que esta dinámica incide en los procesos de enseñanza y aprendizaje, inclusión de la interdisciplinariedad, desarrollo de competencias comunicativas en una segunda lengua y las formas en que las actividades académicas y el uso de recursos tecnológicos que favorecen y favorecerán la interacción con actores externos de interés y la internacionalización en función de la comprensión de las particularidades del entorno social, ambiental, tecnológico y cultural, de acuerdo con la modalidad y nivel de formación.
Se presentan los resultados del conjunto de acciones que se ejercen recíprocamente entre la institución y otras entidades, personas, instituciones, comunidades y empresas para que los profesores y estudiantes desarrollen sus labores formativas, docentes, académicas, científicas, culturales y de extensión.
Se presentan las estrategias verificables de seguimiento, evaluación y mejoramiento continuo y gestión de la innovación de los procesos y logros del programa, así como de su pertinencia y relevancia social.
En las condiciones de accesibilidad se incluye la definición de estrategias y mecanismos para avanzar gradualmente en las condiciones de accesibilidad de la comunidad educativa. En específico acceso se refiere al derecho que se otorga a toda persona que posee una cualificación a solicitar su admisión en un nivel de educación superior y ser tenida en cuenta para tal efecto (Convención Mundial sobre el reconocimiento de las cualificaciones relativas a la Educación Superior, Unesco, 2019).
La actividad académica es cualquier trabajo o proyecto asignado que tiene equivalencias en horas contabilizadas dentro de los créditos académicos y que pueden ser evaluadas.
Señalar cuál es la relación de horas con acompañamiento directo del docente y horas de trabajo independiente (1-2 o 1 – 3) para cada actividad académica y explicar porque el estudiante con las horas de trabajo directas más las de trabajo independiente logra aprender los contenidos que integran cada asignatura.
Señalar qué estrategias de acompañamiento y qué recursos tiene el programa para apoyar al estudiante fuera de clase. Por ejemplo: Horas asignadas al profesor (tutorías, monitorias) o métodos de acompañamiento (aulas virtuales) o herramientas tecnológicas (Moodle…), en las cuales se hace un seguimiento al trabajo que el estudiante hace fuera de clase.
Presente los resultados de ejercicios de autoevaluación con respecto a la condición de investigación innovación y/o creación artística en el campo específico de formación del programa, así como las acciones de mejoramiento planteadas.
En el caso de nuevo registro calificado, se deben presentar las proyecciones, estrategias y posibles actores que participarán en la vinculación del programa con el sector externo. Para los procesos de renovación de registro calificado se pueden incluir los resultados generados en la vigencia del registro calificado y se espera que se presenten las nuevas estrategias a desarrollar para fortalecer o consolidar la vinculación con el sector externo.
Créditos académicos: Con el Decreto 1330 las instituciones deberán determinar la proporción entre la relación directa con el profesor y la práctica independiente del estudiante, justificada de acuerdo con el proceso formativo y los resultados de aprendizaje previstos para el programa.
Flexibilidad: Representa la forma en que la institución despliega sus actividades y estructura los resultados de aprendizaje en forma tal que puedan impactar el acceso, el desarrollo del programa, la permanencia y la graduación de los estudiantes. Debe permitir el diseño de distintas formas de enseñanza y aprendizaje, de requisitos de ingreso y de egreso y las posibilidades de equivalencias en créditos de distintas actividades académicas.
Gestión de trámites en la plataforma SACES
Mediante la Resolución 000193 de 2024, el MEN calcula la equivalencia en UVT para los cobros relacionados con este proceso. Por su parte, la DIAN ha
definido el valor de la UVT correspondiente para el año 2025, en $49.799.
Los valores vigentes son los siguientes:
Nivel de programa Tarifas en UVT Conversión a pesos 2025
Técnico profesional, tecnológico, especialización técnica y especialización tecnológica 75,06 $ 3.737.912,94
Profesional universitario y especialización universitaria 300,24 $ 14.951.651,76
Maestría y doctorado 300,24 $ 14.951.651,76
El pago se realiza a través de la plataforma Nuevo Saces, únicamente al finalizar todo el proceso de radicación de la información correspondiente.
Según lo establecido en el Decreto 1330 de 2019, en los artículos 2.5.3.2.8.2.3 al 2.5.3.2.8.2.7, el proceso se encuentra definido de la siguiente forma:
Presentación de la documentación por parte de la institución.
El MEN cuenta con cinco (5) días hábiles para verificar que la radicación se realizó en debida forma.
En caso de una respuesta negativa en la verificación, se realiza devolución por completitud y la institución tiene un plazo de 30 días calendario para ajustar la información correspondiente.
En caso de una respuesta positiva en la verificación o después de responder la completitud, el Ministerio de acuerdo con la programación de las Salas de CONACES, emitirá un concepto con su recomendación dirigido al MEN, este trámite tarda en promedio 6 meses.
El MEN elabora y emite acto administrativo con el cual informa la decisión atendiendo las recomendaciones emitidas por la sala de CONACES. En promedio esta actividad se adelanta en 2 meses.
Siendo así, el trámite total desde el momento de la radicación por parte de la IES hasta la obtención de la Resolución tarda en promedio 10 meses.
Gestión de Planes de Mejoramiento – Registro Calificado
Los programas nuevos no cuentan con Plan de Mejoramiento, ya que éstos son resultados de los ejercicios de autoevaluación que se realizan durante la vigencia del programa académico, como una de las acciones de autorregulación del programa.
El plan de mejoramiento, es el producto de procesos de autoevaluación y una evidencia solicitada por el Ministerio de Educación Nacional para la renovación de Registros Calificados de programas académicos, por lo tanto es obligatorio elaborarlo para solicitar al MEN la renovación de los registros.
Sí, los planes de mejora resultado de los ejercicios de autoevaluación, deben tener un acta de aprobación por parte del Consejo Directivo de Facultad, la cual debe relacionarse en formato generado desde el módulo de planes de mejoramiento.
Conceptos técnicos de registro calificado
Si, las 9 condiciones de calidad son de carácter obligatorio, sin embargo, las condiciones de Medios Educativos e Infraestructura Física y Tecnológica dan cuenta de información institucional que ya se encuentra diligenciada en el documento maestro.
Gestión de trámites técnicos y documentales para los procesos de registros calificados
Si, las 9 condiciones de calidad son de carácter obligatorio, sin embargo, las condiciones de Medios Educativos e Infraestructura Física y Tecnológica dan cuenta de información institucional que ya se encuentra diligenciada en el documento maestro.
No, dado que cuenta con particularidades para su diligenciamiento, se invita a consultar sus inquietudes con la Oficina de Aseguramiento de la Calidad.
Es todo aquello que modifica las condiciones de calidad del programa y que deben ser informadas al Ministerio de Educación Nacional.
Actualmente existen 3 tipos de Modificaciones: a) Las que requieren autorización previa y expresa del Ministerio de Educación Nacional para su implementación por parte de la institución. b) Las que cuentan con visita de verificación por pares académicos y emisión de concepto, pero su implementación podrá realizarse una vez el Ministerio de Educación Nacional lleve a cabo la revisión de la información y de los documentos presentados por la institución en la solicitud y estos se encuentren completos. c) Las que no requieren de autorización por parte del Ministerio de Educación Nacional para su implementación.
Se requiere autorización previa si se modifica la denominación y/o titulación de un programa académico, la estructura de un programa de pregrado terminal para su oferta a través de ciclos propedéuticos o viceversa, el lugar de desarrollo y la inclusión o retiro de una institución(es) en un convenio de titulación conjunta.
Modificación transitoria del lugar de desarrollo del programa para su oferta y desarrollo en municipios clasificados en las categorías segunda, tercera, cuarta, quinta y sexta, según la categorización prevista en el artículo 6 de la Ley 136 de 1994 y para programas del área de salud que prevean prácticas formativas en el marco de la relación docencia servicio
Todas aquellas que modifiquen lo reportado al Ministerio de Educación Nacional y no estén incluidas en las siguientes categorías:
A. Modificaciones que requieren aprobación. Se requiere autorización previa si se modifica la denominación y/o titulación de un programa académico, la estructura de un programa de pregrado terminal para su oferta a través de ciclos propedéuticos o viceversa, el lugar de desarrollo y la inclusión o retiro de una institución(es) en un convenio de titulación conjunta.
B. Modificaciones de directa implementación con posterior emisión de concepto. Modificación transitoria del lugar de desarrollo del programa para su oferta y desarrollo en municipios clasificados en las categorías segunda, tercera, cuarta, quinta y sexta, según la categorización prevista en el artículo 6 de la Ley 136 de 1994 y para programas del área de salud que prevean prácticas formativas en el marco de la relación docencia servicio
Si la modificación no requiere autorización previa o emisión de concepto por parte del Ministerio de Educación Nacional, se debe esperar a que la Oficina de Aseguramiento de la Calidad informe que el trámite se encuentra en debida forma en la herramienta dispuesta.
* Modificación del número de estudiantes a admitir en primer periodo académico
* Cambio de la duración del programa
* Cambio de la periodicidad de la admisión
*Cambio del número de créditos totales y/o reorganización de asignaturas en el plan de estudios
Se debe iniciar un trámite de «Manifestación de no renovación» a través de la herramienta SAREX y debe incluir el acta de aprobación de no renovación emitida por el concejo de la facultad y posteriormente al vencimiento de registro calificado reportar el plan de contingencia.
Es aquel Registro Calificado que se otorga, renueva o modifica para que un programa académico se oferte en varias modalidades y/o lugares de desarrollo en el marco de un solo trámite.
Sí, excepto en la Denominación del programa y los Aspectos curriculares, en particular, en el componente de conceptualización teórica y epistemológica del programa y en el componente formativo, con excepción de las estrategias de flexibilización curricular.
Si la institución presenta la solicitud de renovación del registro calificado con 12 meses de anticipación al vencimiento, el registro calificado se entenderá prorrogado hasta que se produzca decisión de fondo por parte del Ministerio de Educación Nacional. En ese sentido, la institución podrá continuar con la admisión y matrícula de nuevas cohortes. Sin embargo, cuando la decisión sea no otorgar el registro calificado y esta quede en firme, la institución no podrá admitir ni matricular nuevas cohortes en el programa académico
Si el programa no presenta el trámite de renovación con al menos 12 meses de anticipación, este no estará habilitado para recibir nuevas cohortes posterior a la fecha de vencimiento hasta que el Ministerio de Educación Nacional produzca una decisión de fondo.
En los 2 meses siguientes contados a partir de la fecha ejecutoria del acto administrativo por medio del cual se niegue la renovación del registro calificado o su vigencia se encuentre vencida y no haya sido objeto de solicitud de renovación. La institución deberá radicar dicho plan de contingencia ante la Subdirección de Apoyo a la Gestión de Instituciones de Educación Superior del Ministerio de Educación Nacional o la dependencia que haga de sus veces.
Sí, en caso de que el Ministerio de Educación Nacional considere que la documentación no se encuentra completa, el MEN puede requerir que se complete en el término de treinta (30) días calendario, en cumplimiento de lo establecido en el parágrafo del artículo 2.5.3.2.8.2.3. del Decreto 1075 de 2015
El trámite se debe realizar por SAREX y debe contar con un documento de modificación que presente lo siguiente: A) Descripción y razones que motivan la modificación. B) Identificación de la(s) condición(es) de calidad sobre la(s) cual(es) recae la modificación y justificación de cómo incide la modificación sobre esta(s). C) Aprobación de la modificación por el consejo de la facultad a través del acta. D) Régimen de transición, cuando aplique, a través del cual se garanticen los derechos de los estudiantes ante eventualidades académicas, tales como repitencia, suspensiones y reintegros, entre otros, en coherencia con lo dispuesto en el respectivo reglamento estudiantil. Además, de ser necesario, se deben adjuntar los anexos necesarios, para mayor detalle, se debe consultar a la Oficina de Aseguramiento de la Calidad.
Conceptos técnicos de registro calificado
*Presencial
*Virtual
*A distancia
*Dual
*Híbrida (Presencial-Virtual, A Distancia-Virtual, Dual-Virtual)
Los convenios que se deben relacionar en los trámites de Registro Calificado son: los convenios de funcionamiento, infraestructura, titulación conjunta, doble titulación y de prácticas para los programas del sector salud.
Gestión de trámites técnicos y documentales para los procesos de registros calificados
Sí, estos programas requieren la revisión y aprobación de la Dirección de Innovación Educativa Digital
Conceptos técnicos de registro calificado
Anexos obligatorios, opcionales y adicionales, dentro de los anexos obligatorios existen los anexos de programa que se deben diligenciar. Los anexos opcionales corresponden a los anexos institucionales que se encuentran diligenciados de manera previa. Los anexos adicionales son todos aquellos que el programa desee incluir de acuerdo con la particularidad del documento.
Gestión de trámites técnicos y documentales para los procesos de registros calificados
Los campos de conocimiento amplio, específico y detallado, así como la correspondencia entre estos, se establecen en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación – Campos de Educación y Formación Adaptada para Colombia (CINE-F-2013-AC), que puede ser consultada a través del siguiente enlace:
CINE – F 2013 A.C. (2023) https://www.dane.gov.co/files/sen/normatividad/CINE-F-2013-AC.pdf
El área y núcleo básico del conocimiento de un programa académico puede ser consultado a través del siguiente enlace:
Áreas y núcleos básicos de conocimiento.xlsx
No. La justificación de la modificación del porcentaje de TIC del programa solo debe ser incluida en el Documento Maestro. En este sentido, se hace necesario exponer las razones que hicieron posible este cambio, así como los efectos esperados de esta modificación en los procesos de formación.
No, excepto si el cambio es de mayor a 5 estudiantes. En este caso, se hace necesario que la información asociada a esta modificación se presente de manera consistente entre el Documento Maestro, Justificación Presupuestal y Documento de Modificación. Adicionalmente, se requiere que esta modificación se encuentre aprobada por el Consejo de Facultad a través del Acta que autoriza la renovación del registro calificado del programa.
No, pero si debe estar articulado con la información presenta en el anexo Justificación Presupuestal
En este campo se debe presentar la información relacionada con el valor total de la matricula del programa académico. Es decir, la cifra correspondiente a la suma de cada uno de los pagos que realizará el estudiante por cada uno de los periodos académicos en los que se desarrolla el programa. Es imprescindible que el valor total de la matricula sea consistente con la información expuesta en el anexo Justificación Presupuestal.
Es la correspondencia de la denominación del programa con el título a otorgar, el nivel formación, los contenidos curriculares del programa, los resultados de aprendizaje y el perfil del egresado. Adicionalmente, cuando se trate de una nueva denominación, no registrada o activa en SNIES, de debe presentar un análisis en el que se justifique la nueva denominación.
Esta información solamente debe ser diligenciada para los programas de pregrado, cuya titulación determine, por requisito legal, la exigencia de tarjeta o licencia profesional. En este caso, se debe presentar un análisis sobre la incidencia de la respectiva normatividad en el desempeño profesional del egresado conforme a la denominación y titulación propuesta para el programa.
Para realizar la descripción del estado de la oferta de programas académicos similares en relación con el área de conocimiento, profesional y de ocupación en el contexto nacional, se recomienda consultar la página oficial del Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES), en la opción “Consulta programas”. Para este fin, se recomienda consultar el siguiente enlace:
https://hecaa.mineducacion.gov.co/consultaspublicas/programas
En primer lugar, se recomienda exponer los aspectos comunes que presenta el programa frente a otros programas similares. Posteriormente, se sugiere describir los factores, particularidades o características que le brindan al programa un carácter diferencial; como la modalidad, organización curricular, conceptualización teórica y epistemológica del programa, entre otros elementos. Lo anterior, permitirá determinar y visibilizar el valor agregado del programa, en conformidad con su modalidad, nivel de formación y objeto de conocimiento.
La correspondencia entre la justificación del programa y el contenido curricular consiste en la alineación o coherencia que existe entre las necesidades y desafíos sociales, políticos, económicos y culturales que atiende el programa con la organización curricular, perfil de egreso y la modalidad del programa académico.
Solo lo diligencian los programas que contemplen convenios para ofertar el programa en ciudades distintas a Bogotá o que desarrollen procesos de doble titulación o titulación conjunta. Deben redactar la justificación del convenio de funcionamiento o doble titulación y sus generalidades
De manera general, se deben describir los elementos que componen el plan de estudios y soportan los procesos formativos, entre los que se encuentran: relación entre las horas de trabajo directo e independiente, áreas o componentes de formación, modelo pedagógico, contenidos, interdisciplinariedad, rutas formativas, formación integral y demás criterios institucionales que orientan la experiencia educativa del estudiante y hacen posible el logro de los resultados de aprendizaje del programa.
Sí, el perfil de ingreso se debe incluir en el documento maestro asociado a los trámites de nuevo y renovación de registro calificado
Se debe presentar una descripción de la articulación existente entre el Proyecto Académico de la Facultad o de la Unidad Académica Equivalente y el programa, además, se debe adjuntar o insertar el enlace de consulta del Proyecto Académico.
Se recomienda que la relación sea de números enteros, ejemplo 1-2, 1-3, 1-5. Por lo general, una hora de trabajo directo implica dos horas de trabajo independiente en pregrado, mientras que, en programas de posgrado, esta relación de horas se desarrolla de la siguiente manera: por cada hora de trabajo directo se asignan tres horas de trabajo independiente. Esta relación depende del carácter teórico o práctico de la asignatura y de las metodologías de enseñanza que se prevean implementar.
Son los elementos que soportan el plan general de estudios y están organizados e interrelacionados con el fin de orientar el proceso formativo del estudiante y promover su participación en los resultados de aprendizaje desde su ingreso hasta su egreso. Los componentes formativos permiten ordenar y sistematizar las estrategias de acompañamiento, enseñanza y flexibilización curricular en virtud de las diferencias de la población que ingresa al programa, de acuerdo con sus condiciones demográficas, académicas y culturales. Los componentes formativos son: I) plan general de estudios; II) resultados de aprendizaje y III) perfil de egreso.
Los componentes pedagógicos tienen como fin establecer los medios y modelos pedagógicos que orientan la construcción de estrategias didácticas, la interacción estudiante-profesor en contextos particulares. A través de estos componentes se busca establecer un horizonte de formación que fundamente el diseño e implementación de espacios y prácticas de enseñanza que amplíen las experiencias educativas y las posibilidades de reflexión de los estudiantes en virtud del cumplimiento del perfil de egreso; es decir, de las competencias y resultados de aprendizaje del programa.
Describa el modelo o modelos pedagógicos y didácticos en los que se observen, por lo menos, la manera como se concibe el aprendizaje, la enseñanza y las estrategias didácticas, así como las herramientas tecnológicas dispuestas para favorecer la interacción entre estudiantes y entre estudiantes y profesores en el marco de la organización y desarrollo de las actividades académicas del programa.
En el documento maestro, en relación con los componentes pedagógicos, se realiza una descripción de la interacción comunicativa entre el docente y los estudiantes en contextos específicos. A través de esta interacción se busca crear un escenario de aprendizaje y el perfeccionamiento de prácticas de enseñanza que permitan enriquecer las experiencias educativas de los estudiantes y su relación con el conocimiento; apropien conceptos, desarrollen habilidades de pensamiento, valores y actitudes.
La implementación de este componente requiere la organización y uso pedagógico de:
• Referentes curriculares claros que indiquen los objetivos de aprendizaje con los que se compromete el grupo de estudiantes en un período dado, para que puedan apropiarse del conocimiento universalmente definido para cada grado.
• Concepción y medios educativos apropiados para implementar la evaluación educativa.
• Selección y uso de materiales educativos para docentes y estudiantes, acordes con los escenarios de aprendizaje esperados. El objetivo específico es construir comunidades escolares colaborativas que fomenten altos niveles de logro.
El ambiente de aprendizaje (dimensión física, espacio-temporal, funcional) es un lugar específico donde existen y se desarrollan condiciones educativas, prácticas enseñanza que propician que los estudiantes aprendan en espacios físicos o virtuales, con cualidades que estimulen la reflexión, la interacción (estudiante-estudiante, estudiante-profesor) y la autoevaluación.
Caracterizado por:
• Poner a disposición métodos variados que resulten apropiados para la adquisición de aprendizajes de diferente naturaleza.
• Considerar el aprendizaje y la docencia como procesos dialógicos entre el profesor y el estudiante y entre estudiantes.
• Incluir las distintas metodologías dentro de un marco coherente que facilite la construcción en conjunto del conocimiento.
Se debe realizar la descripción del contenido curricular que favorecerá el desarrollo de competencias comunicativas en una segunda lengua. Además, es necesario diligenciar la tabla que presentan los requisitos de ingreso y egreso relacionados al manejo de una segunda lengua, que incluyen idioma y nivel de dominio, de acuerdo con el Marco Común europeo, incluso si no se establece como criterio de ingreso o graduación.
Expone los fundamentos teóricos y conceptuales de los conocimientos disciplinares que estructuran el programa. Comprende la historicidad de la diciplina y de sus objetos de estudio, así como los paradigmas, corrientes, enfoques teóricos, métodos de investigación, avances científicos y debates contemporáneos. En virtud de lo anterior, se han de presentar las estrategias, prácticas de enseñanza, espacios académicos, culturales y de extensión que tiene como objetivo preparar al estudiante para apropiar e incorporar dichos conocimientos.
Se refiere a los instrumentos de medición y seguimiento que permitan hacer los análisis necesarios para la oportuna toma de decisiones, con el propósito de mejorar el desempeño de profesores y estudiantes en relación con los resultados de aprendizaje establecidos en el programa
Teniendo en cuenta los resultados de aprendizaje del programa, se debe describir cómo se va a realizar la evaluación para que los estudiantes demuestren que lograron esos aprendizajes, estos permiten el seguimiento sistemático en relación con el logro de los resultados de aprendizaje, en concordancia con las políticas institucionales y el modelo pedagógico, de tal manera que acompañen, guíen la toma de decisiones relacionadas con el programa y faciliten su permanencia, graduación oportuna y logro de los resultados de aprendizaje.
Para este fin, presente los mecanismos de evaluación definidos, de forma articulada y coherente con el proceso formativo y las actividades académicas. Enuncie los instrumentos propuestos de medición y seguimiento del desempeño de profesores y estudiantes con relación a los resultados de aprendizaje del programa, aclarando el propósito de cada instrumento.
Para este fin, se recomienda consultar la Nota orientadora del MEN: https://www.mineducacion.gov.co/1780/articles-408425_recurso_5.pdf diligencia la tabla sugerida, que cuenta con: Resultado de aprendizaje, ¿Cuándo evalúo?, ¿Cómo evalúo?, Nivel de desempeño esperado
Presente la descripción de los mecanismos que plantea el programa para realizar la retroalimentación a los estudiantes, es decir, las acciones de acompañamiento y seguimiento, con el fin de que estas cumplan los objetivos previstos en el proceso formativo y el estudiante pueda mejorar su desempeño académico.
La institución deberá establecer en el programa, la organización de las actividades y la interacción de estas, de acuerdo con el diseño y contenido curricular, en coherencia con las modalidades, los niveles de formación, la naturaleza jurídica, la tipología y la identidad institucional. Para cada actividad de formación incluida en el plan de estudios se deben presentar los créditos y discriminar las horas de trabajo independiente y las de acompañamiento directo del docente, acorde con el sistema institucional de créditos.
Las actividades académicas son todas aquellas acciones que se realizan dentro del marco formativo, encaminadas a que el estudiante alcance los resultados de aprendizaje previstos. Se debe describir las áreas o núcleos de formación y la correspondencia con el número de créditos y el nivel de formación.
Se debe describir cómo se realizará la interacción del estudiante con el profesor teniendo en cuenta la tabla denominada “Plan de estudios”. En este espacio se debe justificar la relación de horas de acuerdo con el nivel de formación. En el caso de programas con componentes virtuales, se hace necesario tener en cuenta la distribución de horas sincrónicas y asincrónicas.
El MACRO currículo corresponde a la Misión Institucional y las competencias institucionales; el MESO currículo corresponde a las competencias y resultados de aprendizaje por programa; y el MICRO currículo corresponde a los resultados de aprendizaje por asignatura. Todos estos elementos deben evidenciarse de manera articulada en la descripción que se presente.
Sí. Se requiere que presente la descripción de los requisitos de grado definidos por el programa y que son adicionales a la aprobación de créditos académicos del plan general de estudios. Se recomienda anexar el reglamento propio que aplique para los estudiantes.
Describa como el programa implementará las estrategias, garantizará los medios y desarrollará los contenidos para la formación en investigación, innovación y/o creación artística y cultural que permitan alcanzar, entre otras, la incorporación del uso de las tecnologías de la información y de la comunicación y el logro de las competencias de pensamiento crítico, comunicación escrita, oral y otras formas de expresión, formulación y resolución de problemas, promoción de la creatividad y adaptabilidad.
Es relevante presentar la articulación entre el grupo o grupos de investigación del departamento o Facultad y el programa. Esta articulación se puede presentar a través de las áreas, líneas o temáticas de investigación en las que se enfocarán los esfuerzos y proyectos según la declaración de investigación realizada y potenciarán los procesos de formación, formulación de recursos didácticos y la participación de los estudiantes en escenarios dedicados a la socialización de los productos de investigación.
Presente la descripción de los grupos de investigación categorizados o reconocidos por MinCiencias o aquellos grupos que cuenten con reconocimiento interno en el campo de formación en el que se inscribe el programa. Al respecto, es importante exponer su clasificación, carácter y líneas de investigación. Adicionalmente, se recomienda incluir la descripción de la producción científica con la que cuentan los profesores que sustentarán la investigación en el programa obtenidos en los últimos tres (3) a cinco (5) años. De acuerdo con lo anterior, es importante destacar el listado de los investigadores que adelantan funciones docentes en el programa académico para garantizar el desarrollo de la investigación según la declaración presentada en el numeral.
El programa deberá contar con un grupo de profesores que soporte el cumplimiento de las labores formativas, académicas, docentes, científicas, culturales y de extensión del programa académico. Además, se debe presentar las características del grupo de profesores que se requieren para atender el cumplimiento de las condiciones de calidad de aspectos curriculares; organización de las actividades académicas y proceso formativo; investigación; innovación y/o creación artística y cultural; y relación con el sector externo, de acuerdo con las políticas institucionales definidas.
Presente las características del grupo de profesores que se requieren para atender el cumplimiento de las condiciones de calidad de aspectos curriculares; organización de las actividades académicas y proceso formativo; investigación; innovación y/o creación artística y cultural; y relación con el sector externo, de acuerdo con las políticas institucionales definidas.
Presente los perfiles de los docentes que sustentarán el programa académico, se recomienda tener en cuenta que estos perfiles deben ser pertinentes y afines al campo o campos de educación y formación del programa académico, considerando las políticas institucionales en términos de formación profesional, pedagógica, experiencia profesional, investigación y/o creación artística y apropiación tecnológica.
Presente la descripción de las estrategias y acciones que promueven la permanencia de los profesores en el programa
Realice la descripción de las actividades que se llevarán a cabo para el desarrollo y perfeccionamiento de las competencias digitales y la capacidad de crear e innovar en las metodologías para soportar las actividades, académicas y pedagógicas de los programas académicos. Describa los medios dispuestos para que los profesores creen comunidades de aprendizaje y fortalezcan redes para soportar la investigación, innovación y/o creación artística y cultural. Describa de las actividades que se llevarán a cabo para el desarrollo de competencias en lengua extranjera que incentive su interacción académica nacional e internacional, de acuerdo con la modalidad o modalidades, el lugar o lugares de desarrollo, el nivel de formación y el currículo del programa académico.
Describa los procesos para formular, hacer seguimiento y evaluar el desempeño docente, así como el plan de desarrollo y capacitaciones de los profesores. Para programas de maestría y doctorado describa la evaluación de los docentes vinculados a procesos de investigación, el cual deberá considerar el tipo de producto de investigación y su clasificación, la participación en proyectos de investigación y la experiencia en dirección de trabajos de investigación y/o de tesis doctorales.
No, este punto solo se desarrolla cuando la solicitud sea de renovación con modificación en la denominación del programa y el título a otorgar. Se diligencia únicamente si cambiará el nombre del programa en el documento que sustenta la modificación, recuerde que el cambio de denominación generalmente implica el cambio del título a otorgar y esta información debe detallarse además en el acta del Consejo de facultad o la unidad académica equivalente según sea el caso.
Sí, es obligatorio. En este apartado se deben presentar los argumentos por los cuales se mantiene la pertinencia del programa en la(s) modalidad(es) prevista(s), teniendo como referencia los procesos de autoevaluación y de evaluaciones por actores externos, y la evolución de las cifras de inscritos, admitidos, matriculados y graduados, el desempeño y ocupación de sus egresados. En síntesis, presente la pertinencia del programa mediante una justificación en la que se sustente la correspondencia entre el contenido curricular, los perfiles de egreso y la(s) modalidad(es) y su relación con el desarrollo social, cultural, ambiental, económico y científico, frente a las necesidades del país y la región.
Es obligatorio solo para los trámites de renovación, en este se debe presentar los resultado de las evaluaciones realizadas a los resultados de aprendizaje del programa académico, además de las propuestas de mejoramiento y/o seguimiento a las metodologías utilizadas para el logro de los resultados de aprendizaje y las acciones propuestas. En caso de que se cambien los resultados de aprendizaje, se recomienda describir la justificación de los cambios.
Es obligatorio solo para los trámites de renovación de registro calificado, en este se debe presentar los resultados de investigación que se han generado durante la vigencia del registro calificado y su impacto en el desarrollo de los procesos formativos.
Este anexo es obligatorio si se crea o si se modifica el plan de estudios, para su diligenciamiento, si presenta dudas con el diligenciamiento se debe comunicar a las extensiones 3421 y 3422
Este anexo es obligatorio si se crea o si se modifica el plan de estudios y o resultados de aprendizaje, cada paso tiene las orientaciones para su diligenciamiento, si presenta dudas con el diligenciamiento se debe comunicar a la extensión 4009.
Este anexo es obligatorio únicamente para el trámite de renovación, en este se debe presentar un análisis de los resultados obtenidos en las encuestas, adicional a este, se deben presentar los resultados de las encuestas aplicadas en el último proceso de autoevaluación en un documento adjunto adicional.
No, es un anexo obligatorio del proceso.
Si, Este anexo es obligatorio para el trámite de renovación de registro calificado, este sirve para consolidar los resultados obtenidos en el anexo Formato de evaluación de materias del programa o en su defecto, se presenta los resultados de la evaluación docente. además, se debe realizar un breve análisis de los resultados presentados.
Nota: Puede presentar los resultados de las evaluaciones realizadas durante la vigencia del registro calificado
El diligenciamiento de este anexo solo es obligatorio para los programas de Maestría y Doctorado
Este anexo solo es obligatorio para los programas de Maestría y Doctorado
El diligenciamiento de este anexo solo es obligatorio en el tramite de nuevo Registro Calificado y cada vez que se modifique alguna asignatura del plan de estudios
Este anexo es obligatorio para los trámites de renovación, en este se debe presentar la información de los últimos 5 años.
Este anexo es obligatorio para los trámites de nuevo y renovación de Registro Calificado, el listado de profesores presentado en este anexo debe coincidir con la información presentada en el anexo Hojas de vida docentes del programa y en el documento maestro.
Este anexo es obligatorio para los trámites de nuevo y renovación de Registro Calificado, la información de este anexo debe coincidir con la presentada en el anexo Profesores del programa y en el documento maestro.
Este anexo solo es obligatorio para los programas de Maestría y Doctorado
Un crédito académico equivale a 48 horas totales de trabajo del estudiante y se organizan en horas de trabajo directo y de trabajo independiente.
En el marco de las solicitudes de etapa de pre radicación, de otorgamiento o renovación del registro calificado, y de modificación de programa, la institución podrá presentar el desarrollo de alianzas y convenios con instituciones de educación básica, media, superior y de educación para el trabajo y el desarrollo humano, así como con organizaciones públicas o privadas que apoyen el desarrollo de las actividades, con el propósito de soportar el cumplimiento de condiciones de calidad de carácter institucional y de programa.
a) El objeto y su relación con el desarrollo del programa académico;
b) El lugar de desarrollo del programa académico y la responsabilidad de oferta en cada uno de los municipios, los distritos, las áreas no municipalizadas y/o los territorios indígenas que lo integran.
c) El régimen de responsabilidad de las partes, con relación a los asuntos de orden académico, como la titularidad del registro calificado y el otorgamiento conjunto del título académico;
d) Las obligaciones de las partes en el seguimiento y evaluación del programa académico;
e) Los reglamentos, o su equivalente, aplicables a los estudiantes y los profesores del programa;
f) Los mecanismos y estrategias para el desarrollo conjunto de los procesos de diseño y gestión de las actividades académicas del programa;
g) Las obligaciones de las partes en cuanto al intercambio de servicios docentes e investigativos;
h) La responsabilidad sobre los estudiantes, en caso de terminación anticipada del convenio;
i) La responsabilidad sobre la información y los datos obtenidos durante el desarrollo del programa y en caso de terminación del convenio.
Conceptos técnicos de registro calificado
Es un requisito habilitante que debe tramitar cada programa académico ante el Ministerio de Educación Nacional
El registro calificado tiene una vigencia de siete (7) años, contados a partir de la fecha de
ejecutoria del acto administrativo que lo otorga o lo renueva. Excepto, para los programas que cuenten con acreditación.
Gestión de trámites técnicos y documentales para los procesos de registros calificados
Se debe radicar ante el Ministerio de Educación Nacional con no menos de 12 meses de anticipación al vencimiento del Registro Calificado. No obstante, se debe entregar la documentación a la Oficina de Aseguramiento de la Calidad con 14 meses para que se surtan las revisiones correspondientes.
Conceptos técnicos de registro calificado
Nuevo, Modificación y Renovación de Registro Calificado
Decreto 1075 de 2015 «Decreto único reglamentario del sector educación»
Gestión de trámites técnicos y documentales para los procesos de registros calificados
El programa deberá presentar un plan de contingencia en los 2 meses siguientes, contados a partir de la fecha de ejecutoria o vencimiento del Registro calificado.
Sí, excepto si se cuenta con algún proceso activo con el Ministerio de Educación Nacional en relación con el programa académico o si la fecha de renovación de registro calificado está cercana, en este escenario se recomienda presentar una renovación con modificación.
No, todo trámite de creación o renovación con modificación de Registro Calificado tiene el mismo valor.
No, la única herramienta dispuesta para este fin es SAREX.
No, la única herramienta dispuesta para este fin es SAREX. El canal telefónico se dispone únicamente para resolver inquietudes.
Conceptos técnicos de registro calificado
Debe contener la resolución y/o número SNIES. En caso de no contar con el número de SNIES, las piezas publicitarias deben incluir el número de la resolución mediante la cual se otorga el Registro Calificado.
*Nombre del programa
* Titulo a otorgar
*Modalidad
* Numero de SNIES
* Resolución
* Plan de estudios (Asignaturas, Créditos, Horas de trabajo directo)
* Perfil de Ingreso
* Perfil de Egreso
*Lugar de desarrollo
* Duración del programa
* Periodicidad
* Requisitos de ingreso
Hasta tanto el Ministerio de Educación Nacional asigne al programa académico el código o códigos en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior – SNIES. La institución que desee realizar publicidad y oferta del programa académico y no cuente con el código SNIES, deberá publicar en su página web oficial la copia digital del acto administrativo que otorgó o renovó el registro calificado y deberá ser citado en las piezas publicitarias correspondientes.