Circular informativa: disminución base de retención en la fuente 2025
Apreciadas(os) docentes y funcionarias(os) nos permitimos informar que para efectos de disminuir la base de retención en la fuente a partir del mes de abril de 2025 es necesario diligenciar el formulario en el siguiente enlace:
Formulario Solicitud de Deducciones Base Gravable de Retención en la Fuente y adjuntar los respectivos soportes o certificados escaneados, correspondientes al año gravable 2024, a más tardar el próximo 9 de abril 2025.
- Deducción por salud: hasta un valor máximo de 16 UVT mensuales, equivalentes a $797.000 la cual se puede acumular con las deducciones por vivienda y dependientes. Se deben adjuntar las certificaciones correspondientes al año 2024 por prestación de servicios con empresas de medicina prepagada o los pagos efectuados por concepto de seguros de salud.
- Deducción por vivienda: hasta un valor máximo de 100 UVT mensuales, equivalentes a $4.980.000, por concepto de intereses y corrección monetaria por créditos hipotecarios o leasing habitacional, la cual se puede acumular con las deducciones por salud y dependientes. Se debe adjuntar el certificado de pago de intereses y corrección monetaria, o el de leasing habitacional de la vivienda de habitación, correspondientes al año 2024. Si el inmueble figura a nombre de dos personas o más, se calculará la proporcionalidad para cada uno de ellos y, en caso de que alguna de las partes decida no hacer uso del beneficio tributario, deberá manifestarlo por escrito.
- Deducción por dependientes: hasta el 10% mensual del total de los ingresos brutos provenientes de la relación laboral, hasta un valor máximo de 32 UVT mensuales, equivalentes a $1.594.000. Es necesario que se adjunte y se actualice el formato de declaración juramentada, con los respectivos soportes, teniendo en cuenta los siguientes casos:
Se establecen como dependientes los siguientes:
- Hijos menores de 18 años; o entre 18 y 23 años que se encuentren estudiando; presentando el certificado de estudios correspondiente.
- Los hijos del contribuyente mayores de dieciocho (18) años que se encuentren en situación de dependencia, originada por factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.
- Para el caso de los hijos entre 18 y 23 años cuya educación es financiada por el padre o la madre, se debe acompañar: o la certificación de estudios en la institución formal de educación superior avalada por el ICFES o por la autoridad oficial competente; o la certificación correspondiente a programas técnicos de educación no formal debidamente acreditados por la autoridad competente.
- Cónyuge o compañera(o) permanente con dependencia económica por ausencia de ingresos o ingresos anuales inferiores a 260 UVT, equivalentes a $12.948.000; o con dependencia por factores físicos o psicológicos.
- Padres y hermanos con dependencia económica por ausencia de ingresos o ingresos anuales inferiores a 260 UVT, equivalentes a $12.948.000; o con dependencia por factores físicos o psicológicos.
La no percepción de ingresos propios o inferiores a 260 UVT anuales, equivalentes a $12.948.000, debe ser certificada por Contador Público. La dependencia por factores físicos o psicológicos debe ser certificada por Medicina Legal.
Se mantiene el beneficio tributario de hasta el 30% de los ingresos laborales por concepto de aportes del trabajador, fondos de pensiones voluntarias y obligatorias; seguros privados de pensiones o cuentas de ahorro AFC con un tope anual de 3.800 UVT, equivalentes a $189.237.000. Este beneficio se trata como una renta exenta y no hace parte de la base para calcular la retención en la fuente. No se debe anexar certificación.
De otra parte, se mantiene el 25% exento del valor total de los pagos laborales, la nueva reforma tributaria, Ley 2277 de 2022 limitados anualmente a 790 UVT, equivalentes a $39.342.000.
De acuerdo con la Reforma Tributaria, Ley 1819 de 2016, se establecen dos límites a la suma de las deducciones por salud, vivienda y dependientes, y rentas exentas por aportes voluntarios a pensión y aportes a cuentas AFC, las cuales no podrán superar el 40% del valor resultante de restar del total de ingresos los aportes obligatorios, la nueva reforma tributaria, Ley 2277 de 2022 limitados anualmente a 1.340 UVT, equivalentes a $66.731.000.
Importa destacar que las certificaciones por concepto de créditos de vivienda o leasing habitacional, así como las de salud, presentadas en la Dirección de Talento Humano en el año 2024, permanecen vigentes hasta el 15 de abril de 2025.
Nota: el valor de la UVT para 2025 es de $49.799.
Se anexa el Formato-declaración-juramentada-2025 (deducción por dependientes)
Cualquier inquietud al respecto será atendida en el buzón de correo nomina@uexternado.edu.co
